Fiscal

Impuesto sobre el Patrimonio

 

 

 

Impuesto sobre el patrimonio.Ley 19/1991


Este impuesto en sintesis grava el patrimonio neto de las personas físicas. Art. 1.

El patrimonio neto se determinará por difrencia entre el valor de los bienes y derechos que sea titualar el sujeto pasivo y las cargas y gravámenes de naturaleza real de las que deba respondar el sujeto pasivo. Art. 9.

Características más importantes:

  1. Exención por vivienda habitual. 300.000 €, es decir para que la vivienda habitual pase a tributar por este impuesto debe de tener un valor superior a 600.000 € ha sido comprada en gananciales.
  2. Los no residentes tendrán que nombrar representante legal en España.
  3. El mínimo Exento = 700.000 €.
  4. Vuelve a estar bonificado y desaparece la obligación de declarar en el año 2013.

 

Los ricos evitarán pagarlo utilizando alguna de las siguientes vías:

  • Los impuestos penalizan más el trabajo que el capital. El tipo impositivo del trabajo puede llegar hasta el 45 %, sin embargo el timpo impositivo del capital está en el 19 % si se obtienen unos rendimientos inferiores a 6.000 euros y un 21 % si son superados los 6.000 €. En sintesis en vez de cobrar vía nóminas cobrarán vía dividendos.
  • SICAV. Tributan al 1 %, frenta al tipo general del 20 % – 25 %. 
  • Fundaciones: Son un recurso muy útil para evitar que se conozca quién está detrás del dinero que se ha depositado a nombre de personalidad jurídica.
  • Sociedades que acumulen patrimonio.
  • Empresas domiciliadas en países de baja tributación.
  • Parísos Fiscales.
  • Deslocalización.

 

Fuente: Ley 19/1991 + Las siete escapatorias de los más ricos para no pagar impuestos. 18/09/2011. El economista.es.